BLOQUE II ESTRUCTURAS ORGANIZATIVAS

 Tema 2: ESTRUCTURA DEL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL. LEGISLACIÓN QUE REGULA EN ESPAÑA LA ORGANIZACIÓN Y GESTIÓN DEL CENTRO ESCOLAR.

2.1 INTRODUCCIÓN.
En este Tema vamos a desgranar el sistema educativo español, primero realizare un mapa conceptual de las diferentes leyes que han estructurado del sistema educativo español. Analizare unos artículos relacionados con la LOE, así como señalaremos los artículos más relacionados con nuestra asignatura.
En el siguiente mapa conceptual quiero introducir el tema:
LEGISLACIÓN EN MATERIA EDUCATIVA DEL ESTADO ESPAÑOL






































Con estos dos esquema, la intención es podernos fijar,  y de esa forma poder entender el entramado legislativo, en materia de educción es España. Como podremos observar,en clase de Historia de la Educción, con el profesor Felix Asenjo, y que según vayamos desentrañando el temario iré dando detalles del tema

Cronología siglos XIX y XX

1789: Revolución Francesa
1808: Invasión Napoleónica
1812: Constitución de Cádiz
1814: Informe Quintana
1814-1833: Fernando VII
1820-1823: Trienio Liberal
1821: Reglamento de Instrucción Pública
1833-1845: Regencia de Mº Cristina
Planes educativos
1845-1868: Isabel II
1857: Ley Moyano
1868-1874: Sexenio revolucionario. I República
1869: Constitución
1874-1931: Restauración
1876: Constitución
Nacimiento de la ILE
1931-1939: II República
1931: Constitución
1936-1939: Guerra Civil
1939-1975: Gobierno de Franco
1970: Ley General de Educación
1978: Constitución
1984: LODE
1990: LOGSE
2002: LOCE
2006: LOE

2.2 ARTÍCULOS A FAVOR Y EN CONTRA DE LA LOE
Articulo primero sobre la LOE

De este articulo que critica la LOE podemos destacar:
A pesar de ser una ley que pretende que todos seamos iguales, siguen existiendo una serie de desigualdades con respecto a la clase social y la etnia o raza, muy ligados a la economía. A pesar de que todos tenemos libertad para elegir el centro donde queremos que se eduque a nuestros hijos, van a existir una serie de condicionantes económicos y sociales que van a determinar su educación.
Para el autor existe una visión deformada del sistema educativo, y uno de los temas que más preocupa al autor es el sistema de repetición de curso, ante el cual el autor no esta muy desacuerdo.
Un punto a favor de la nueva ley es la participación de la unidad en las elecciones de los cargos directivos de los centros, así como que sean públicos los proyectos educativos de los centros, de manera que todo sea más abierto y transparente.
Desde el punto de vista del autor y a modo de conclusión destaca una serie de puntos, de los cuales si nos alejamos estaríamos perdiendo la pespectiva y para el son muy importantes, pues en esta sociedad del conocimiento, debemos tenerlos muy presentes, y desde su punto de vista la LOE los pierde de vista.




Articulo segundo a favor LOE. http://www.psoe.es/teruel/news/66213/page/lucia-gomez-loe-garantiza-medios-para-combatir-fracaso-escolar.html

Lucía Gómez: “La LOE garantiza medios para combatir el fracaso escolar”

La alcaldesa de Teruel y miembro de la Ejecutiva Federal del PSOE, Lucía Gómez, aseguró en un acto sobre la LOE organizado por los socialistas turolenses que “uno de los principios básicos de la Ley Orgánica de Educación que ha elaborado el Gobierno es la lucha contra el fracaso escolar, un asunto que preocupa especialmente a todos los padres y profesores”.
28 Noviembre 05 - Diario de Teruel
Para conseguir este objetivo la LOE incorpora consignación económica para planes de apoyo y refuerzo para aquellos estudiantes que tiene problemas. Según la alcaldesa, “esta Ley es solidaria, ya que pretende que todos los niños tengan éxito y no se les discrimine como intentaba la Ley de Calidad elaborada por el PP”.
En el acto también participaron el senador y secretario general del PSOE en Teruel, Vicente Guillén, y el director provincial de Educación, Jesús Rodríguez.
Según Lucía Gómez “la LOE no enfrenta a la escuela pública con la privada, tal y como pretende hacer creer el Partido Popular, ya que para el PSOE todos los niños tienen los mismos derechos, con total independencia del colegio en el que estudien”.
Para la alcaldesa de Teruel, “la LOE es una ley que nace del consenso y del diálogo, que recoge aportaciones de colectivos relacionados con la educación” y se mostró convencida de que “esta Ley va a contar con numerosos apoyos sociales y políticos para su aprobación”.
Por su parte, el director provincial de Educación, Jesús Rodríguez, señaló que la “LOE es una ley elaborada para todos los españoles y que va a facilitar la estabilidad en un ámbito tan importante como es la Educación para los próximos años”.
Vicente Guillén destacó que el principal objetivo de la LOE “es una educación que ofrezca respuestas a las necesidades de una sociedad moderna, que ya que supone la mejor herramienta para dar progreso al país”.

Hay que destacar del artículo a favor que:
Nada más entrar en vigor la LOE hay que elaborar el decreto de calendario, donde se abordan los plazos para ir implantado cada aspecto de la ley.
La promoción del alumno, que ahora repetirá curso en secundaria si tiene más de dos asignaturas suspensas aunque, "excepcionalmente", podrá pasar de curso con tres suspensos si así lo deciden los profesores.
La asignatura de Religión se quedará como está ahora mismo. Los alumnos no encontrarán ningún cambio en este curso. El que quiera cursar esta materia puede hacerlo y el que no tiene que asistir a clases alternativas, horas de estudio. Esta asignatura no contará para aprobar o suspender el curso. Si tiene o no alternativa será algo que se decidirá más adelante, cuando salgan los decretos que afectan a las estructuras de las etapas, es decir, cómo queda la primaria, la secundaria obligatoria y el bachillerato.El comienzo de asignaturas como Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos o el adelanto a los 15 años de los programas de calificación profesional que se estudiaban una vez cumplidos los 16. Las comisiones de supervisión para vigilar que la admisión de alumnos en los colegios se hace de acuerdo con la ley.

2.3. RESUMEN DE LA L.O.E.



Gracias al trabajo realizado en clase podemos señalar una serie de artículos que pertenecen a la LOE, y que están muy relacionados con la asignatura: 
Titulo Preliminar:
 
CAPÍTULO II. La organización de las enseñanzas y el aprendizaje a lo largo de la vida. 
Artículo 3. Las enseñanzas: En este articulo se presenta la organización del sistema educativo español, primeramente presenta que se organiza en etapas, ciclos, grados, cursos y niveles. Seguidamente ofrece una lista de las enseñanzas que presenta nuestro sistema educativo señalando alguna de las características de este
Artículo 4. La enseñanza básica: En este articulo se explica cual es la organización de la enseñanza básica y algunas de sus características más importantes como que es gratuita y obligatoria o que comprende 10 años de la escolarización.
Artículo 5. El aprendizaje a lo largo de la vida: En este articulo se explica que todas las personas tienen la posibilidad y el derecho a formase escolarmente a lo largo de toda su vida. Afirma que la administración garantizara a todas las personas el acceso universal y permanente al aprendizaje. También a esta administración pública le corresponde promover ofertas de aprendizaje flexible que permita la adquisición de competencias básicas y los correspondientes títulos.
Título I. Las enseñanzas y su ordenación:
CAPÍTULO I. Educación Infantil
Artículo 12. Principios Generales. En este articulo se presenta los principios generales de la educción infantil haciendo hincapié en que esta educación tiene carácter voluntario y su finalidad es la de contribuir al desarrollo físico de los niños y niñas afectivo, social e intelectual.
Artículo 13. Objetivos. En este artículos e presentan los objetivos de esta etapa de escolarización que contribuirán al desarrollo en los niños y en las niñas de las capacidades que les permitan conocerse a sí mismos físicamente, observar y explorar su entorno, adquirir su autonomía, desarrollar su autonomía y la relación con los demás y también sus habilidades comunicativas e iniciarse en las habilidades lógico-matemáticas y lecto-escritura. 
Artículo 14. Ordenación y principios pedagógicos: como se ordena en la etapa de educción infantil, en sus ciclos se atenderá progresivamente al desarrollo afectivo, al movimiento y las habilidades, ect. en esta etapa los contenidos se organizan en áreas y se fomenta la lengua extranjera y los métodos de trabajo en ambos ciclos se basaran en las experiencias, las actividades y los juegos. 
Artículo 15. Oferta de plazas y gratuidad: el primer ciclo de educción infantil se finanza tanto de manera publica como de manera privada. En los centros donde se imparte educacion infantil se puede dar tanto el primer como el sgundo ciclo o ambos.
 
CAPÍTULO II. Educación Primaria
 
Artículo 16. Principios generales: la educación primaria en esta etapa educativa se forma de seis cursos organizado sen tres ciclos. la finalidad des proporcionar una educación que permita afianzar su desarrollo personal y su bienestar, en esta etapa se procura integrar las distintas experiencias y aprendizajes del alumnado y se adaptara a sus ritmos de trabajo. 
Artículo 17. Objetivos de la educación primaria: en este articulo como su titulo indica se presentan los objetivos de esta etapa. en educción primaria se tiende a desarrollar las capacidades que las personas conocen y apreciar los valores y normas de convivencia, aprender a obrar de acuerdo a ellas... desarrollar las diferentes competencias correspondientes a los distintos cursos, conocer, comprender y respetar las dificultades entre otras muchas, etc. 
Artículo 18. Organización: La ordenación en la educación primaria comprende tres ciclos, de dos años académicos cada uno y se organiza en áreas como: matemáticas, lengua extranjera, lengua castellana y literatura,.. a parte de esta se podrá incluir educación para la cuidadanía y una segunda lengua extranjera.
Artículo 19. Principios pedagógicos: esta articulo lo he escogido por que aunque no tenga tanta importancia como otros, creo que es importante tener unos principios pedagógicos para llevar una buena organización en un centro educativo. en esta etapa se pondra un especial énfasis en la atención a la diversidad del alumnado, en la atención individualizada o en la perención de las dificultades de aprendizaje entre muchas otras.
Artículo 20. Evaluación: en este articulo se indica cuando el alumnado a alcanzado todos los competencias básicas y el adecuado grado de madurez es únicamente cuando accederá al ciclo o al curso siguiente, aunque se pueden dar excepciones y que el alumnado acceda a cursos siguente sin haber alcanzado todos los objetivos.
Artículo 21. Evaluación de diagnóstico: en este articulo se explica la denominada valuación de diagnostico que consiste en que los centros realizan una valuación de las competencias básicas alcanzadas por sus alumnos.




Tema 3:ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL CENTRO ESCOLAR: ÓRGANOS DE GOBIERNO, ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE, ÓRGANOS DE REPRESENTACIÓN.


3.1 INTRODUCCIÓN


Con la firma de la Constitucción, en España se establece un modelo de Estado y de Gobierno que incide en todos los ámbitos social. Tiene repercusiones en la concepción de la educación y, más en concreto, en la plasmación de la misma en su sistema educativo.
La legislación será la faceta que regule jurídicamente a los Centros escolares, por medio de normativas y documentos que organicen un adecuado funcionamiento en el orden personal y funcional estableciendo estructuras organizativas que contribuirán a un proyecto común y coordinado.
Primero de todas en este tema se hablará de la estructura organizativa de un colegio público. Por lo que pondremos un mapa conceptual general de la organización de un colegio. Más adelante nos centraremos en las competencias de los órganos más importantes.
Vamos a analizar la estructura de un centro escolar a traves de una serie de mapas conceptuales.
MAPA CONCEPTUAL ORGANOS DE GOBIERNO


3.2. ENTREVISTAS A LOS DIFERENTES ORGANOS DE GOBIERNO.
DIRECTOR:
1. ¿A qué le dedica más horas en su jornada laboral?
Las tareas burocráticas y administrativas. Es lo más aburrido y lo que lleva más tiempo.
2. ¿Con quén tiene más conflictoss
Los profesores. Por ejemplo, cuando protestan por las sustituciones que tienen que hacer (cuando falta algún profesor).
3. ¿Qué es lo que le da más satisfacciones?
Lo que más satisfacción me proporciona es el poder resolver los problemas que puedan surgir y el poder llevar a cabo un proyecto en el centro.
4. ¿Cuál es el proyecto que más le gusta de los que se realizan en su centro?
El mejor proyecto es uno que lleva realizándose durante años que es muy innovador. Es el proyecto de convivencia que se hace mediante asambleas de clase con delegados y profesores de tutoría de toda primaria.
La clase se reúne con su tutor una vez a la semana y tratan sobre los problemas que pueda haber en la clase, a nivel individual o entre compañeros y también los problemas que puedan surgir fuera de clase.
Los delegados también se encargan de llevar propuestas para hacer cosas en común en el centro. Por ejemplo, antes de carnaval, se hace un concurso de carteles. Cada clase hace el suyo.
Hay reunión de delegados y dos profesores encargados cada quince días. Aquí es donde se elaboran las propuestas, se plantean los problemas que hay en el centro.
Este proyecto está siendo muy positivo. Los niños aprender a debatir, a discutir, a tomar acuerdos, a respetar al otro, a expresar sus opiniones, a resolver conflictos, etc
Doc 1
 JEFE DE ESTUDIOS.
1¿Me describirías un día normal?
Un día normal comienza por ver si está todo el profesorado, y si falta alguno preparar las sustituciones. Controlar la disciplina con los alumnos y reunirme con el director para organizar las tareas que van surgiendo.
2. 2¿Cuál es el mayor problema con el que te has encontrado y cómo te has desenvuelto?
Actualmente hemos tenido que abrir  un protocolo  de acoso escolar, la verdad no es un tema agradable. Hemos formado una comisión el director, la orientadora y yo he estado como tutora del alumno .Hemos mantenido reuniones con las madres y con los niños. Al final ha resultado ser un problema de convivencia y lo hemos resuelto poniendo un parte leve a cada uno y no asistir a la excursión que estaba programada.
3.    3¿Qué papel desempeñas con respecto a los padres de los alumnos?
Mi papel es muy simple soy la mediadora en los conflictos que van surgiendo, también informo a los padres de los partes de incidencias que ponen los profesores así como las medidas que se les aplican. También intervengo en los casos de absentismo escolar.
4.  4¿Qué papel desempeñas con respecto a los profesores?
Pienso que es el más difícil de todos, puesto que debes hacer cumplir las normas del centro, los horarios, la puntualidad, el trato que dan a los padres, a los alumnos. La elaboración de los horarios también es muy compleja porque no se puede dar gusto a todos y siempre hay suspicacias.
5.  5¿Qué pasos hay que seguir para ser Jefe de Estudios?
Simplemente debes formar parte del equipo que elija el director, normalmente se hace por afinidad al proyecto que este presenta.
PRESIDENTA DEL AMPA
 
 1. 1¿Quién y cómo se decide ser presidente del AMPA?
Debe presentar su candidatura y en una asamblea es elegido/a por los miembros del AMPA
      2¿Qué grado de responsabilidad tiene?
Se encarga de representar a los padres en el Consejo Escolar, lleva sus propuestas, críticas y dudas.
3.   3¿Cómo y cuándo se realizan las reuniones?
Se realizan trimestralmente  o cuando surjan temas que sean debatidos.
4.    4¿Cómo se llega a formar parte del AMPA?
Para formar parte del AMPA solamente tienes que ser socio/a
5.    5¿Qué tipos de temas se tratan?
Preparación de talleres, salidas extraescolares, preparación  de las fiestas del curso, charlas informativas a los padres sobre temas educativos, recoger las inquietudes de los padres para trasladarlas al consejo escolar…
6.    6¿Cuántos miembros son?
Depende del tamaño del colegio, está formada por el presidente/a y los vocales.
7.    7¿Cuándo no se llega a un acuerdo, qué criterio se sigue?
Las decisiones se toman por votaciones, si no hay consenso no siguen adelante.
8.    8¿Hay diferencia entre AMPA de colegios públicos y privados?
En teoría no debe haber ninguna diferencia salvo que en algunas tiene representación el equipo directivo, en los centros públicos las AMPAS tiene plena autonomía.
9.    9¿Con qué dificultades te encuentras a la hora de realizar el trabajo?
Que no haya padres participativos, puesto que es muy complicado hacer las cosas sin ellos.

3.3.ARTICULOS RELACIONADOarticulo director
REFLEXIÓN ARTICULO
Para el autor, en la actualidad el cargo de directoe carece de prestigio y de reconocimiento social. Por ese motivo los profesores no quieren aceder al cargo de dorector. La necesidad ha llevado al Dpartamento de Educación a realizar una seleción de meritos que ha evaluado la comision delegada de cuatro miembros.
Una de las causas por las que a decrecido el acceso a este puesto es que la convocatoria no ha ido acompañada de otra norma regulando las condiciones de trabajo del puesto y estableciendo estímulos económicos y de otro tipo asociados a su desempeño. Así lo ha puesto de relieve el Consejo Escolar de Euskadi en su Nuevo estudio sobre la dirección en los centros públicos vascos
Con el paso del tiempo, la complejidad del puesto ha ido en aumento, al igual que las responsabilidades del titular. La reducción de las horas de clase a alumnos es una de las reivindicaciones de los directores, que entienden que dirigir el proyecto educativo de un centro precisa la máxima dedicación posible. Al mismo tiempo, también demandan cursos de formación específica y un incentivo económico que vaya acorde con sus nuevas tareas.

En conclusión las cuestiones que inciden en la falta de candidatos son la falta de preparación para hacer frente a la creciente complejidad del gobierno de un centro escolar, la escasez de incentivos profesionales que atraigan al personal docente a asumir una mayor responsabilidad, la insuficiente corresponsabilidad de la Administración Educativa respecto al desarrollo de proyectos de mejora educativa del centro y la poca valoración social y profesional de los directivos.

Tema 4: DOCUMENTOS INSTITUCIONALES.

En este tema vamos a tratar más de cerca los documentos institucionales de un centro educativo. ¿Qué es un proyecto educativo?
El proyecto educativo, conocido como PEC, es el encargado de definir tanto las grandes finalidades del centro, como el modo de organizarse, es el que nos aporta las señas de identidad del centro.
Es el documento que contiene los principios y valores, las opciones preferentes y las líneas de actuación que tienen por finalidad orientar la acción educativa. DEFINICIÓN DE ANTÚNEZ 1987.Lo define como “el instrumento para la gestión coherente en el contexto escolar, que enumera y define las notas de identidad del centro, formula los objetivos que pretende y expresa la estructura organizativa de la institución”.
MAPA CONCEPTUAL DEL PROYECTO EDUCATIVO DE UN CENTRO.


El proyecto educativo de un centro escolar es el documento que contiene los principios y valores, las opciones preferentes y las líneas de actuación que tienen por finalidad orientar la acción educativa, guiar el proceso de renovación del centro, y dar coherencia y unidad a la participación de los alumnos y sus familias y de todo el personal del centro a lo largo del curso escolar.
  Según la LOE, al proyecto educativo de un centro escolar se incorporan otros documentos de características diversas relativos a la acción docente y educativa, como por ejemplo la concreción de los currículos establecidos por la Administración educativa, el plan de acción tutorial, el plan de convivencia, el plan de atención a la diversidad de situaciones en que se encuentran los alumnos, etc.
   Si se trata de un centro privado dotado de un carácter propio, éste también deberá formar parte del proyecto educativo.
   El proyecto educativo del centro escolar debe hacerse público con el fin de facilitar su conocimiento por el conjunto de la comunidad educativa, y la matriculación de un alumno en un centro escolar comporta el respeto a su proyecto educativo.
En un centro docente público, el documento llamado normas de organización y funcionamiento contiene el conjunto de normas y criterios de actuación que regulan la organización general y el funcionamiento del centro escolar, el ejercicio de la función directiva y la participación de la comunidad educativa en la vida del centro.
   La LOE define las normas de organización y funcionamiento sin establecer diferencia alguna entre los centros públicos y los centros privados, lo cual puede dar lugar a confusión. En efecto, la LODE no coincide con la LOE en la regulación de aspectos importantes relativos a la organización y el funcionamiento de los centros escolares sostenidos con fondos públicos.
   Al regular los aspectos característicos de los centros privados concertados, el título IV de la LODE se refiere siempre al reglamento de régimen interior para expresar lo que la LOE atribuye a las citadas normas de organización y funcionamiento de los centros públicos.
   Además, la autonomía de los centros privados concertados para elaborar su reglamento de régimen interior es muy superior a la que gozan los centros públicos para elaborar sus normas de organización y funcionamiento, ya que los centros de titularidad pública tienen que someterse a los reglamentos orgánicos que establezcan las respectivas Administraciones educativas.
   Cabe recordar que los centros privados no concertados gozan de plena autonomía para establecer su régimen interno y su organización.
El proyecto de gestión de los centros docentes públicos es el documento que expresa la ordenación y la utilización de los recursos propios del centro, tanto los materiales como los humanos, en los términos que establezca la Administración educativa competente. Es decir, el proyecto de gestión regula el ejercicio de la autonomía del centro público en el ámbito de la gestión económica y en el ámbito de la gestión del personal asignado al centro.
   La LOE establece los principios a los que debe atenerse el proyecto de gestión de los centros docentes públicos, y no hace alusión alguna a un documento análogo que tenga carácter preceptivo para los centros privados.
   Así, pues, los principios establecidos por la LOE no son aplicables a los centros privados, por razón de su específica naturaleza jurídica. En efecto, estos centros escolares gozan de plena autonomía en la gestión de sus recursos humanos, en el respeto al convenio colectivo que les afecte en el ámbito de las relaciones laborales.
   En los centros privados concertados, la gestión económica y la gestión del personal corresponden en exclusiva al titular de cada centro. Sin embargo, cada año debe someter a la aprobación del consejo escolar la gestión económica relativa a los fondos provenientes de la Administración y a las cantidades autorizadas.
El artículo 125 de la LOE se refiere a la programación general anual de los centros escolares en los términos siguientes:
   “Los centros educativos elaborarán al principio de cada curso una programación general anual que recoja todos los aspectos relativos a la organización y funcionamiento del centro, incluidos los proyectos, el currículo, las normas, y todos los planes de actuación acordados y aprobados”.
  Según esto, en la práctica la programación general anual de cualquier centro escolar, tanto público como privado, deberá incluir todos los documentos ya indicados y todos los otros proyectos y planes que el centro haya elaborado.
  Interesa observar que esta concepción de la programación general anual es nueva en la legislación educativa. En su redacción original, la LODE establecía que una de las atribuciones del consejo escolar, tanto en el centro público como en el centro privado concertado, era “aprobar y evaluar la programación general del centro que con carácter anual elabore el equipo directivo”, pero no definía el alcance de este documento básico ni establecía su contenido.
   Según la definición dada por la LOE, la programación general anual debería ser una recopilación de todos los documentos, planes y proyectos, de todo tipo, que el centro escolar haya elaborado.
El carácter propio de un centro escolar privado es un documento no preceptivo a través del cual el titular de cada centro ejerce su derecho a establecer los principios que definen el tipo de educación que ofrece a las familias, sus criterios pedagógicos, el estilo de las relaciones en el seno de la comunidad educativa y con el entorno sociocultural, etc.
   Sobre el alcance del carácter propio de un centro privado y su incidencia en el centro, el Tribunal Constitucional ha elaborado una doctrina muy extensa en las sentencias 5/1981, relativa a la LOECE21, y 77/1985, relativa a la LODE.
   La LOE se limita a reconocer el derecho del titular del centro privado a establecer su carácter propio, a la obligación de hacerlo público, y a recordar que la matriculación de un alumno en un centro privado supondrá el respeto al carácter propio del mismo.
   La misma Ley establece que los centros privados que tengan un carácter propio deberán incluirlo en su proyecto educativo.

Este esquema me parece otro resumen muy adecuado del P.E.C., creo que complementa la información que con anterioridad se ha descrito.



REFLEXION BLOQUE II


Este bloque con un alto contenido de información y material que buscar las leyes y sus artículos me ha resultado mucho más arduo que el primero. Me ha sido imposible encontrar recursos de imágenes o videos sobre los temas del bloque, así como viñetas o tiras cómicas que representaran al bloque. Espero encontrar alguna y seguiré buscando para poder ampliar la información sobre el tema, pues me ha resultado muy interesante. Seguiré formándome e informándome.